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En estas situaciones tan delicadas, es muy importante contar con un asesoramiento experto para la resolución de las mismas.
Como administradores concursales designados por el juzgado, tenemos la experiencia y profesionalidad necesaria para el asesoramiento privado a empresas que estudian la posibilidad del concurso de acreedores.
Los pros y contras de la ley concursal deben ser tenidos en cuenta para esta labor, recordando siempre que dicha ley busca la supervivencia de la empresa o la liquidación ordenada de la misma y la satisfacción máxima de los acreedores. Un asesoramiento específico para cada situación nos llevará a tomar la decisión correcta.
¿Qué es el concurso de acreedores? El concurso de acreedores es el procedimiento judicial para resolver las situaciones de insolvencia de la empresa bien sea inminente o actual, que pretende proteger de un lado a los acreedores y de otro a la empresa concursada para que continúe con su actividad y evitar la responsabilidad personal de los miembros del órgano de administración.
Responsabilidad de los administradores
La solicitud de declaración de concurso es un deber para el órgano de administración de la sociedad mercantil deudora, de forma que su omisión puede derivar en responsabilidad –incluso patrimonial- de los administradores de la sociedad.
¿Cuándo existe obligación de solicitar el concurso?
El deudor deberá solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia, y esta se presume en la existencia de alguno de los hechos que aparece en el Art. 2.4 de la Ley Concursal.
- Cuando no se cumplan con regularidad con las obligaciones de pago contraídas.
- Cuando no disponga de bienes suficientes para atender una ejecución de embargo, ante la existencia de embargos.
- Ante la existencia de embargos que afecten de manera general a su patrimonio.
- En situaciones de impagados durante tres meses de las obligaciones tributarias o de las cuotas a la Seguridad Social.
En la etapa económica en la que nos encontramos, son diferentes las situaciones en las que nuestra empresa puede estar involucrada: 
- Cuando empresa sufre el impago de un cliente, una de las opciones es solicitar la declaración de concurso necesario del deudor.
- El deudor ya está en situación de concurso y no sabe cómo defender sus créditos en un procedimiento concursal.
- Es su empresa la que se encuentra en situación de crisis o situación pre-concursal y se ve abocada a presentar solicitud de declaración de concurso de acreedores ante los juzgados de lo mercantil.
Como ejemplos de nuestra labor en este sector, podemos destacar actuaciones con gran relevancia dentro del mundo empresarial (Albacete Balompie, S.A.D, Fetransfor, S.L., Asfalto Hellin, S.L., Movirobotic, S.L., Oro Arte, S.L.) con un pasivo total de aproximadamente 40.000.000 €, además de varios concursos de acreedores de personas físicas.
Si su empresa se encuentra en una situación complicada y  quiere recibir nuestro asesoramiento, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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